Juicio en Pontevedra por una trama de maltrato y miedo

La Audiencia Provincial de Pontevedra inició el juicio contra un hombre acusado de varios episodios de maltrato contra su expareja. La Fiscalía reclama 12 años y 7 meses de prisión y la víctima aseguró que tardó en denunciar por el “muchísimo miedo” que le tenía.

“La violencia de género no es un hecho privado: es una forma de dominación que suele crecer en silencio antes de hacerse visible”. Con esa lógica de fondo, la Audiencia Provincial de Pontevedra abrió este jueves un juicio por una secuencia de agresiones y humillaciones que, según la acusación, se extendió durante la relación entre la denunciante y su expareja.

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra celebró la primera jornada de la vista contra un hombre acusado de varios delitos de malos tratos en el ámbito de la violencia de género, por los que la Fiscalía pide penas que totalizan 12 años y 7 meses de prisión. La expareja del procesado, que actúa como acusación particular, declaró ante el tribunal que los insultos y agresiones físicas eran constantes y que demoró la denuncia porque le tenía “muchísimo miedo”.

La mujer, que mantuvo una relación de algo menos de un año con el acusado, explicó que los insultos eran una constante “prácticamente todos los días” y que las agresiones físicas comenzaron apenas tres meses después de iniciar el vínculo. Según su relato, los episodios se producían tanto en los domicilios que compartían como en la vía pública.

“Yo no sabía qué hacía mal para que me tratase así, me echaba la culpa a mí misma”, señaló ante la sala. También describió golpes, agarrones, bofetadas y empujones, además de un control permanente sobre su teléfono, restricciones para salir sola y la presencia del acusado en lugares donde se reunía con amigos.

En el verano de 2024, siempre de acuerdo con su declaración, se produjo una discusión en un local de Pontevedra en la que el hombre la encerró en el baño del establecimiento y la abofeteó, hasta que una camarera la resguardó detrás de la barra. La testigo añadió que vivía con temor constante, incluso ante el sonido del móvil, y aseguró que era frecuente que el acusado la mantuviese “encerrada” durante varios días.

Tras aquel episodio, dijo, se sucedieron nuevas agresiones. En una de ellas sufrió una brecha en la cabeza y, en otra, habría sido arrojada contra el suelo, lo que le provocó la rotura de una pieza dental. Aunque hasta entonces no había acudido a servicios médicos “por miedo” ni había denunciado los hechos —sí había presentado una denuncia anterior que luego retiró—, después de esa última paliza fue a la comisaría y rompió la relación.

La denunciante también indicó que el procesado consumía drogas y que las agresiones solían coincidir con esos consumos, aunque no siempre. Reconoció, además, que ella también tomaba estupefacientes, aunque en menor medida, y remarcó que en ocasiones se drogaba “para aguantar las palizas y golpes”.

En la misma jornada declaró la hija de la mujer, quien aseguró que su madre le había contado los episodios de violencia, le había enviado fotos de las lesiones y que ella misma vio los moratones y el diente roto. Según afirmó, la víctima no se animaba a denunciar por el temor que le inspiraba su pareja.

El proceso continuará el 22 de septiembre, luego de haber sido suspendido por la incomparecencia de dos testigos. Para esa fecha también está prevista la declaración del acusado, quien pidió hablar una vez concluida la práctica del resto de la prueba.

DELITOS Y PENAS

La Fiscalía atribuye al procesado un delito de maltrato habitual en el ámbito de la violencia de género, cuatro delitos de maltrato físico en el ámbito de la violencia de género y un delito de lesiones cualificadas con deformidad, con las agravantes de parentesco y género.

Por esos hechos, solicita para él 12 años y 7 meses de prisión, la prohibición de portar armas durante 17 años y la prohibición de acercarse o comunicarse con la mujer durante 24 años.

Análisis y proyecciones

Los casos de violencia de género con componente de control coercitivo suelen mostrar un patrón reiterado: aislamiento, vigilancia, escalada de agresiones y dificultad para denunciar. En términos judiciales, la prueba testimonial y el relato de la víctima adquieren un peso central cuando existen mensajes, fotos, lesiones o testigos indirectos, como ocurre en este expediente. Si el tribunal convalida la secuencia descrita, el caso podría reforzar la idea —ya asentada en la jurisprudencia española— de que el maltrato no se mide solo por la agresión física aislada, sino por la dinámica sostenida de dominación.

En una perspectiva más amplia, este tipo de procesos también suele poner en primer plano el impacto del miedo, la dependencia emocional y el consumo problemático de sustancias como factores que pueden agravar la vulnerabilidad de la víctima, sin que ello atenúe la responsabilidad penal si se acreditan los hechos. La combinación de maltrato habitual, lesiones y agravantes por parentesco y género explica por qué la Fiscalía reclama una pena tan elevada y por qué la resolución final puede tener un valor relevante como antecedente en causas similares.

Evolución del caso y contexto reciente

En los últimos años, la violencia de género ha pasado a ser tratada con mayor centralidad institucional en España, con una respuesta penal más específica y con mayor visibilidad social del maltrato psicológico, el control y el aislamiento, además de la agresión física. También se ha consolidado la importancia del entorno cercano —hijos, familiares y testigos presenciales— en la reconstrucción de estos hechos. En este expediente, la declaración de la hija y los elementos aportados sobre lesiones refuerzan ese cambio de enfoque: ya no se atiende solo al episodio final, sino a la continuidad del daño y al entorno de miedo que lo sostuvo.

Si la causa avanza con más testigos y la declaración del acusado, el tribunal deberá valorar no solo la credibilidad de los testimonios, sino también la consistencia del relato de continuidad en el tiempo. En casos como este, la sentencia suele terminar marcando un equilibrio entre la gravedad de los hechos, la acreditación de la habitualidad y la protección futura de la víctima mediante prohibiciones de acercamiento y comunicación de largo alcance.