¿IMPUESTO O ADUANA INTERIOR?

Una disputa entre Misiones y Establecimiento Las Marías llegó a la Corte Suprema. En el Rancho de la Cambicha, el Polaco y Agapito ya dictaron sentencia mucho antes que los jueces. El doctor Cañas Coronel intenta explicarles que el verdadero problema no es solamente cuánto se paga, sino cuánto puede cobrar anticipadamente una provincia y hasta dónde llegan sus facultades tributarias.

Por Jagua Arandú | Identidadcorrentina

En el Rancho de la Cambicha hay discusiones que empiezan por cualquier cosa.

Fútbol.

Política.

El río.

El precio de la carne.

Una mano de truco.

Pero esta vez el asunto venía complicado.

Impuestos.

En una mesa estaba el Polaco.

Misionero.

Camionero.

Afuera había dejado el camión todavía manchado con esa tierra colorada que parece venir pegada desde Misiones hasta el Paraná.

Enfrente estaba Agapito.

Correntino.

Jornalero.

De esos que conocen el trabajo en los yerbatales porque alguna vez tuvieron que ganarse allí el jornal.

En el televisor apareció la noticia:

la Corte Suprema intervino en una disputa entre Establecimiento Las Marías y la Provincia de Misiones por el cobro de Ingresos Brutos.

El Polaco dejó el vaso sobre la mesa.

—¡Y claro! ¿Qué quieren? Si trabajan, tienen que pagar impuestos.

Agapito acomodó la silla.

—Una cosa es pagar impuestos y otra que te saquen la plata antes de saber cuánto debés.

—¡Ah, bueno! —contestó el Polaco—. Ahora resulta que Misiones tiene que pedir permiso para cobrar sus impuestos.

—No dije eso.

—Pero lo estás diciendo.

—No.

—Sí.

Cinco minutos después ya discutían como si uno fuera gobernador de Misiones y el otro presidente de Las Marías.

Los demás mirábamos.

Entretenidos.

APARECIÓ UN NÚMERO

La televisión mostró entonces una cifra.

Según la presentación realizada por Las Marías ante la Justicia, los sistemas de retenciones, percepciones y pagos anticipados aplicados por Misiones podían significarle aproximadamente:

597 millones de pesos por mes.

El Polaco hizo un gesto.

—¿Viste? Una empresa grande.

Pero faltaba la segunda parte.

Según los cálculos presentados por la compañía, su obligación definitiva anual de Ingresos Brutos en Misiones sería de aproximadamente:

23 millones de pesos.

Agapito abrió los ojos.

—¿Cómo?

El Polaco también.

Pero trató de disimular.

La empresa sostiene que, proyectados durante un año, esos anticipos superarían los 7.100 millones de pesos.

Frente a un impuesto anual calculado por ella misma en unos 23 millones.

Agapito golpeó suavemente la mesa.

—¡Ahí tenés!

—Pará —contestó el Polaco—. Ésos son números de la empresa.

Y esta vez el misionero tenía razón.

LLEGÓ CAÑAS CORONEL

En otra mesa estaba escuchando el doctor Cañas Coronel.

Doctor en Ciencias Económicas.

Tiene una característica que a veces resulta molesta en el Rancho:

cuando nosotros encontramos una solución sencilla, él aparece para explicarnos que el problema es complicado.

Se acercó.

—Los dos tienen una parte de razón y los dos están mezclando cosas.

Mala manera de comenzar.

Pero consiguió silencio.

—Primero —dijo—, la Corte Suprema todavía no resolvió quién tiene razón en el fondo de la cuestión.

Agapito bajó la mano.

El Polaco sonrió.

—La Corte aceptó intervenir, mantuvo una medida cautelar y ahora Misiones tendrá que contestar la demanda. Recién después continuará el proceso.

—Entonces esos números...

—Son los números que presentó Las Marías —explicó Cañas—. Son importantes porque forman parte del expediente. Pero todavía no constituyen una verdad establecida definitivamente por la Corte.

Ahora el Polaco sonrió un poquito más.

—¿Viste?

—No te entusiasmes —le dijo Cañas—. Falta explicar la otra mitad.

UNA COSA ES EL IMPUESTO Y OTRA EL ANTICIPO

Cañas agarró una servilleta.

—Supongamos que Agapito tiene que pagar cien pesos de impuesto.

Escribió:

IMPUESTO: $100

—La Provincia puede establecer mecanismos para cobrar anticipadamente una parte.

Escribió debajo:

ANTICIPO: $20

—Cuando llega el momento de hacer las cuentas, Agapito ya pagó veinte. Entonces deberá ochenta.

Agapito asentía.

Hasta ahí veníamos todos bien.

—El problema comienza si para cubrir un impuesto de cien pesos durante el camino le retuvieron mil.

Escribió:

RETENCIONES: $1.000

—Entonces Agapito pagó de más y queda con novecientos pesos a favor.

—Que se los devuelvan —dijo el Polaco.

Cañas lo miró.

—Ahí empieza precisamente una parte del problema.

PLATA QUE NO ESTÁ EN EL BOLSILLO

Un saldo a favor puede utilizarse posteriormente.

Puede compensarse.

Puede solicitarse su devolución según las normas correspondientes.

Pero mientras tanto existe algo indiscutible:

esa plata no está en la caja de la empresa.

No sirve para pagar salarios.

No compra materia prima.

No paga combustible.

No financia inversiones.

No paga proveedores.

—Entonces —explicó Cañas— si los anticipos terminan siendo sistemáticamente muchísimo mayores que el impuesto definitivo, aparece una discusión económica y jurídica importante.

Agapito miró al Polaco.

—Te están usando de banco.

—No exactamente —interrumpió Cañas—. No simplifiquemos otra vez.

Agapito resopló.

¿HASTA DÓNDE PUEDE COBRAR UNA PROVINCIA?

Entonces llegó la parte verdaderamente importante.

Misiones tiene facultades tributarias.

Eso no está en discusión.

Las provincias necesitan recaudar para financiar sus obligaciones.

Pero esas facultades tienen límites constitucionales.

Las Marías sostiene que algunos mecanismos aplicados por Misiones terminan alcanzando actividades e ingresos que excederían el territorio provincial y afectarían la circulación interprovincial de mercaderías.

Y allí aparece una expresión bastante antigua:

aduana interior.

La Constitución argentina establece la libre circulación entre las provincias y reserva determinadas facultades relacionadas con el comercio interprovincial al Estado federal.

Por eso la discusión ya no consiste solamente en determinar:

¿cuánto debe pagar Las Marías?

Hay otra pregunta:

¿hasta dónde puede llegar Misiones para cobrarlo?

AHORA EL POLACO SE PUSO SERIO

—Pero pará, doctor. Misiones también necesita plata. Rutas, hospitales, escuelas, policías... todo cuesta.

—Por supuesto.

—Entonces tiene que cobrar impuestos.

—Por supuesto.

—¿Entonces?

Cañas sonrió.

—Que una provincia tenga derecho a cobrar impuestos no significa que cualquier mecanismo de cobro sea automáticamente válido.

Agapito aprovechó.

—¡Tomá!

—Y que una empresa diga que un impuesto o una retención es excesiva tampoco significa automáticamente que tenga razón.

El Polaco recuperó la sonrisa.

—¡Tomá vos!

Ahora estábamos nuevamente empatados.

CORRIENTES TAMBIÉN MIRÓ EL PARTIDO

Hay otro detalle interesante.

Corrientes intentó participar en la causa apoyando la posición de Las Marías.

No resulta extraño.

La empresa tiene una fuerte presencia productiva en territorio correntino y cualquier mecanismo que afecte inversiones, producción o circulación interesa directamente a nuestra provincia.

Pero la Corte no aceptó esa intervención como tercero en el expediente.

Por ahora los protagonistas jurídicos siguen siendo otros.

Las Marías.

Misiones.

Y la Corte Suprema.

EL PROBLEMA ES MÁS GRANDE QUE LA YERBA

Cañas volvió a sentarse.

—¿Saben cuál es el problema?

Nadie contestó.

—Que estamos hablando de Las Marías porque es una empresa grande y puede llegar hasta la Corte Suprema. Pero la discusión de fondo interesa a cualquier empresa que produce en una provincia, vende en otra, compra en otra y circula por todo el país.

Ahí desapareció un poco la sonrisa.

Porque Argentina pretende ser un único mercado nacional.

Una mercadería puede producirse en Corrientes.

Procesarse en Misiones.

Venderse en Santa Fe.

Distribuirse desde Buenos Aires.

Y terminar en un supermercado de Córdoba.

En cada lugar existen impuestos.

Regímenes.

Retenciones.

Percepciones.

Tasas.

Anticipos.

Y administraciones tributarias que necesitan recaudar.

La pregunta es:

¿cómo hacemos para financiar a los Estados sin convertir las fronteras provinciales en obstáculos para producir y comerciar dentro del mismo país?

LA CORTE TODAVÍA NO DIJO LA ÚLTIMA PALABRA

Conviene repetirlo.

La Corte Suprema no declaró que Misiones esté cobrando un impuesto inconstitucional.

Tampoco estableció definitivamente que los cálculos de Las Marías sean correctos.

La causa continúa.

Misiones tendrá oportunidad de defender su régimen y presentar sus argumentos.

Después llegará el momento de decidir.

Por eso sería irresponsable dictar sentencia desde el Rancho de la Cambicha.

Aunque al Polaco y a Agapito les cueste.

UNA ÚLTIMA PREGUNTA

El televisor siguió con otra noticia.

El Polaco miró a Agapito.

Agapito miró al Polaco.

Cañas Coronel terminó su explicación.

Y el Jagua se quedó pensando.

Esta misma mañana discutíamos la reforma tributaria argentina.

Hablábamos de impuestos nacionales.

Provinciales.

Municipales.

De quién paga.

De quién recibe.

Y de esa mula de carga que finalmente lleva las bolsas.

Ahora aparece este expediente y agrega otra cuestión.

Quizás una verdadera reforma tributaria argentina no consista solamente en decidir cuánto cobramos.

También habrá que discutir:

cómo cobramos.

Porque un impuesto puede tener una alícuota.

Pero un sistema de anticipos también tiene consecuencias.

Puede quitar capital de trabajo.

Puede afectar inversiones.

Puede generar saldos difíciles de recuperar.

Y puede terminar convirtiendo una cuestión tributaria en un problema económico.

Afuera seguía estacionado el camión del Polaco.

Todavía cubierto de tierra colorada.

En algún momento tendría que volver a cruzar de una provincia a otra.

Cañas Coronel miró por la ventana y dejó una última pregunta sobre la mesa:

—El camión puede cruzar libremente. La cuestión que deberá resolver la Justicia es cuánto del impuesto puede cruzar con él.