Obligaron a una media hermana a hacerse un ADN y ganó la herencia
Una mujer de 31 años logró que la Justicia confirmara su filiación biológica tras un conflicto sucesorio. La media hermana se había negado durante meses a realizarse un estudio de ADN.“La identidad es un derecho humano esencial”, recuerda desde hace décadas la doctrina jurídica argentina, y este caso volvió a ponerlo en primer plano: una mujer de 31 años debió recurrir a la Justicia para que se reconociera que era hija biológica de un hombre que nunca la había reconocido legalmente, pero que, según su relato, sí había estado presente en su vida.
Tras la muerte de su padre, la mujer buscó acceder a la herencia y encontró un obstáculo central: su media hermana se negó durante meses a someterse a un estudio de ADN que permitiera confirmar el vínculo. El conflicto llegó al Juzgado en lo Civil y Comercial N.º 3 de General Rodríguez, donde el magistrado terminó ordenando el análisis genético mediante intimaciones judiciales. El resultado fue concluyente y abrió la puerta al trámite sucesorio.
Cómo empezó el reclamo por la herencia de su padre
La demanda fue presentada en julio de 2022, poco después del fallecimiento del hombre. En el expediente, la mujer explicó que nació en 1995 como fruto de una relación extramatrimonial entre su madre y el fallecido.
De acuerdo con su declaración, aunque nunca llevó el apellido de su padre porque él seguía casado, siempre estuvo presente en su vida e incluso la incorporó a su entorno familiar y social. Ese dato resulta relevante: en los procesos de filiación, la prueba biológica suele convivir con otros elementos de contexto, como el trato familiar, los reconocimientos sociales y la conducta desplegada por las partes a lo largo del tiempo.
Antes de acudir a los tribunales, intentó que su media hermana aceptara realizarse un ADN de manera voluntaria. Sin embargo, recibió siempre la misma respuesta: se negó a concretar el estudio. Los chats en los que rechazaba la prueba fueron incorporados como evidencia en el expediente.
Por qué la Justicia obligó a la media hermana a hacerse un ADN
El expediente atravesó distintas instancias hasta quedar radicado en el juzgado civil de General Rodríguez. En abril de 2024, el juez Leandro Nahuel Joandet intimó formalmente a la demandada para que se presentara en la Oficina Pericial de Mercedes.
La resolución advirtió que, si persistía la negativa, esa conducta podía ser valorada como un grave indicio en su contra dentro del proceso de filiación. En este tipo de casos, la jurisprudencia argentina suele considerar que la renuencia injustificada a someterse a una pericia puede fortalecer la pretensión de quien reclama el reconocimiento del vínculo.
Aun así, la mujer faltó al menos dos veces a la toma de muestras, por lo que el magistrado debió reiterar la intimación antes de que finalmente se concretara el estudio.
Qué reveló el ADN entre las dos medias hermanas
La muestra bucal fue obtenida en diciembre de 2024 y analizada por la Asesoría Pericial de La Plata. El informe descartó cualquier duda respecto del vínculo biológico.
Los peritos analizaron 32 marcadores genéticos autosómicos y 12 marcadores del cromosoma X, y obtuvieron un Índice de Parentesco Total de 14.875.380, una probabilidad millones de veces superior a la hipótesis de que no existiera relación de hermandad.
El fallo resumió que los resultados “proveen sustento de peso a favor de la hipótesis de existencia de vínculo biológico” entre ambas mujeres.
Qué resolvió la Justicia sobre la filiación y la herencia
Con el resultado del ADN, el juez hizo lugar a la acción de filiación y ordenó incorporar el apellido paterno a la identidad de la demandante. Esa decisión le permitió comenzar los trámites de la sucesión y reclamar la parte de la herencia que le corresponde.
En la sentencia, el magistrado sostuvo que el derecho a la identidad y a la verdad biológica tienen protección constitucional y que ninguna negativa injustificada puede impedir que una persona conozca su verdadera filiación ni ejercer los derechos derivados de ella.
Análisis y proyecciones: este tipo de fallos consolida una tendencia sostenida en el derecho de familia argentino: la centralidad de la identidad biológica como derecho personalísimo y la utilización de la prueba genética como herramienta decisiva en litigios de filiación y sucesorios. En términos prácticos, decisiones de este tipo suelen impactar no solo en el reparto patrimonial, sino también en la inscripción registral, el uso del apellido y la reconstrucción jurídica de los vínculos familiares. A futuro, la línea jurisprudencial refuerza el mensaje de que la negativa a colaborar con una pericia puede jugar en contra de quien se resiste, especialmente cuando existen otros indicios de reconocimiento informal o convivencia familiar.
Cómo evolucionó el caso y el enfoque judicial
En los últimos años, la discusión judicial sobre filiación dejó de centrarse únicamente en la ausencia de reconocimiento formal y avanzó hacia una mirada más amplia, orientada a resguardar la verdad biológica y la identidad. En este expediente, esa evolución se observa con claridad: primero hubo una búsqueda voluntaria de acuerdo, luego una negativa sostenida de la media hermana y finalmente la intervención del tribunal para destrabar la prueba.
También cambió la respuesta del sistema judicial frente a estas controversias. Si antes los procesos podían extenderse durante años con menor presión para producir evidencia genética, hoy los tribunales suelen ordenar medidas concretas para evitar que la falta de cooperación bloquee el derecho de una persona a conocer su origen. En este caso, esa lógica terminó inclinando la balanza en favor de la mujer, que ahora podrá avanzar con el reclamo hereditario.






















