La Corte Suprema confirmó la destitución del juez karateca tucumano
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó la destitución de Orlando Velio Stoyanoff Isas, el exjuez tucumano conocido como el “juez karateca”. El máximo tribunal consideró que la violencia del episodio y su impacto público justificaron la remoción.“La toga exige templanza”: la vieja máxima judicial resume por qué ciertos comportamientos de un magistrado pueden tener consecuencias institucionales más graves que las de un ciudadano común. En ese marco, la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó este jueves la destitución de Orlando Velio Stoyanoff Isas, el exjuez tucumano conocido como el “juez karateca”, tras el violento episodio que protagonizó en la vía pública y que quedó registrado en video.
Stoyanoff estaba a cargo del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de Tucumán. El hecho que derivó en su remoción ocurrió el 11 de junio de 2021, en Yerba Buena.
En las imágenes, que tuvieron amplia difusión pública, se lo ve persiguiendo a los gritos a un cadete que circulaba en moto, lanzándole una patada y posteriormente tirando el vehículo contra el pavimento.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti consideraron que Stoyanoff seguía “subestimando la gravedad del hecho”, aun después de admitir una conducta violenta, pedir disculpas y ofrecerse a reparar los daños.
Para la Corte, el episodio no podía ser tratado como una falta menor por la intensidad de la violencia desplegada, las consecuencias generadas y la enorme repercusión que alcanzó en la opinión pública. En el plano institucional, el caso volvió a poner bajo la lupa el estándar de conducta que se exige a quienes ejercen funciones judiciales, un punto central en la discusión sobre la credibilidad del sistema de Justicia.
Además, los magistrados remarcaron que lo sucedido aportó elementos suficientes para que el Jurado de Enjuiciamiento entendiera que se había dañado de manera irreversible la confianza pública tanto en el magistrado como en la Justicia provincial.
El fallo también subrayó las responsabilidades particulares que tenía Stoyanoff por su condición de juez. Según la Corte, resultaba especialmente reprochable que una persona encargada de impartir Justicia intentara resolver un conflicto mediante la violencia y al margen de los canales institucionales.
La defensa intentó revertir la decisión primero ante la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, pero el planteo fue rechazado. Luego acudió al máximo tribunal del país.
Stoyanoff sostuvo que la destitución fue “desproporcionada, injusta y sin razón” y calificó el episodio como un “exabrupto”. Sin embargo, la Corte concluyó que tuvo plena posibilidad de ejercer su defensa, ofrecer pruebas y ser juzgado por el procedimiento correspondiente, por lo que no advirtió una violación del debido proceso que habilitara su intervención.
Análisis y proyecciones: el fallo refuerza una línea histórica del Poder Judicial argentino: cuanto mayor es la investidura pública, mayor es el estándar de conducta esperado. En casos de magistrados, la sanción no se mide solo por el daño concreto del hecho, sino también por el efecto simbólico sobre la confianza ciudadana. A futuro, decisiones como esta suelen consolidar la idea de que el control disciplinario sobre jueces y juezas no se limita a la legalidad formal, sino que también abarca la ejemplaridad institucional. En esa clave, el precedente puede ser invocado en otros procesos de enjuiciamiento donde la conducta privada de un funcionario termina impactando en la percepción pública de imparcialidad y autoridad.
Evolución del caso: desde que el episodio se viralizó en 2021, la causa atravesó distintas instancias y mantuvo una lectura constante en los tribunales: no se trató de un simple altercado personal, sino de una conducta incompatible con el cargo. Con el correr del proceso, la defensa insistió en minimizar el hecho como un arrebato aislado, mientras que la respuesta judicial sostuvo la relevancia institucional del comportamiento. La decisión de la Corte cierra así una secuencia en la que se reforzó la idea de que la investidura judicial no atenúa, sino que agrava, la valoración de actos violentos cometidos por un magistrado.






















