Rosario: la pelea por un allanamiento sin orden llega a la Cámara
Una apelación fiscal llevará a la Cámara Penal de Rosario la validez de un allanamiento que terminó con la detención de un chico de 15 años. El caso profundizó el choque entre el gobierno provincial y el Poder Judicial por los límites de los procedimientos sin orden judicial.«Ningún hombre está por encima de la ley», advertía Cicerón hace más de dos mil años, una máxima que hoy vuelve a encender el debate en Rosario: qué límites tiene el Estado cuando actúa con rapidez frente al delito y quién controla que ese poder no se desborde.
Una fiscal de Rosario objetó por arbitraria la decisión de una jueza de Menores que anuló el allanamiento en el que fue detenido un adolescente de 15 años, al considerar que no había sido habilitado por orden judicial. La definición del caso quedará ahora en manos de la Cámara Penal rosarina, en una audiencia prevista para el lunes próximo, con el juez Tomás Orso como encargado de resolver.
El episodio ocurrió hace un mes y desató una fuerte tensión entre el gobierno de Maximiliano Pullaro, que cuestionó en bloque lo actuado por la magistrada, y el Poder Judicial, que defendió la resolución como una decisión legítima de un poder independiente. Incluso el presidente de la Corte Suprema de Santa Fe, Rafael Gutiérrez, respaldó públicamente ese criterio.
La discusión fue impulsada en tándem por el Ministerio Público de la Acusación (MPA), que nuclea a los fiscales, y por el gobierno provincial. En el fondo, atraviesa una disputa de filosofía jurídica: por un lado, quienes sostienen que la Justicia debe controlar de manera razonable los actos de persecución penal; por el otro, quienes entienden que el allanamiento virtual realizado —ordenado por un funcionario del Ejecutivo santafesino y no por un juez— fue plenamente legal y, por lo tanto, válido.
La apelación fue presentada por la fiscal Virginia Gabenara. Según su relato, todo comenzó el 19 de junio pasado, cuando se efectuaron ocho disparos contra una vivienda de calle Entre Ríos al 6200, en la zona sur de Rosario. A partir del sistema de videovigilancia Lince y del seguimiento de cámaras, se determinó que dos chicos que circulaban en bicicleta habían huido tras el ataque e ingresado a distintos domicilios. Con una orden de allanamiento firmada por el ministro de Seguridad, Pablo Cococcioni, se realizó la requisa en la vivienda donde estaba el adolescente involucrado, que quedó detenido.
Al momento de la audiencia, la jueza Dolores Aguirre Guarrochena no cuestionó la legalidad del procedimiento y aceptó la imputación por amenazas calificadas por uso de arma de fuego y portación de arma de fuego. Sin embargo, sostuvo que, como habían pasado doce horas entre el hecho y la detención, no existía una urgencia suficiente como para evitar la intervención de un juez. Por ese motivo, declaró la nulidad del allanamiento.
La reacción del gobierno provincial fue inmediata. Pullaro, que sostiene una política de seguridad marcada por una fuerte reducción de los registros históricos de violencia altamente lesiva, considera que los cambios normativos aprobados por una Legislatura alineada con su gestión son piezas centrales para enfrentar a la criminalidad. En ese contexto, la decisión judicial fue leída en el oficialismo como un freno a una herramienta que el mandatario considera clave y como una expresión de garantismo.
La vocera del gobierno, Virginia Coudannes, llevó el tema a una conferencia de prensa rutinaria ante medios santafesinos y lanzó una frase que desató un repudio generalizado: «Si los delincuentes son tan buenos, que se los lleven a sus casas». La respuesta llegó desde el Colegio de Magistrados de Santa Fe y fue replicada por jueces de distintos puntos del país. Incluso hubo un descargo del juez de Menores de Catamarca, Rodrigo Morabito, en el diario La Nación. Gutiérrez también se sumó a las críticas y remarcó: «La jueza resolvió de acuerdo a lo que ella creyó estaba a Derecho. Las decisiones de los jueces no hay que cuestionarlas por los medios sino por los medios procesales. Al menos en un Estado democrático».
Lo que está en discusión no es sólo este expediente, sino la incomodidad del gobierno ante un límite judicial a una herramienta que Pullaro considera central en su estrategia contra el delito. Antes ya se habían registrado advertencias de un camarista penal sobre las detenciones de personas por no portar DNI, en medio de la expansión de los procedimientos de identificación realizados por la policía santafesina.
La fiscal Gabenara sostiene que el procedimiento cuestionado por la jueza se encuadra plenamente en el artículo 170 inciso 5 del Código Procesal Penal de Santa Fe, que contempla la continuidad del acto considerado flagrante mientras medios electrónicos o de video permitan seguir la trayectoria de los presuntos infractores. Desde esa perspectiva, el allanamiento virtual habría sido una consecuencia válida de una persecución iniciada inmediatamente después del hecho.
Sin embargo, la jueza nunca puso en duda la legalidad de lo actuado. La fiscal va más allá y afirma que la nulidad se basó en un criterio subjetivo, al considerar que la urgencia no estaba acreditada porque el procedimiento se concretó doce horas después del hecho. Para Gabenara, esa lectura omitió valorar la gravedad y la naturaleza del episodio que motivó la intervención policial. También sostiene que se vulneró el principio de conservación de los actos jurídicos, ya que la propia magistrada reconoció que, de haber intervenido antes, habría valorado los mismos informes que sirvieron de base al ministro de Seguridad para activar el allanamiento por flagrancia virtual.
En rigor, el punto más sensible del caso no es si existió o no una sospecha razonable, sino quién estaba habilitado para ordenar el ingreso a la vivienda y bajo qué condiciones. La defensa, a cargo de Candela De Marchi, planteó en la primera audiencia que el ministro de Seguridad no era autoridad competente para disponer un allanamiento, porque el Código Procesal sólo habilita a la policía en supuestos muy específicos y con intervención fiscal. Para la defensora, hubo una extralimitación del Poder Ejecutivo y no existía urgencia real después de doce horas como para evitar la consulta a un juez.
«Es un tema de división de poderes. Lo peligroso es que el Ejecutivo pueda ordenar un allanamiento sin orden. Si me siguen cámaras de seguridad porque suponen que soy sospechosa de un delito, por el motivo que sea, el ministro de Seguridad puede ordenar a la policía que me allane. Hasta se puede dar una cuestión de persecución política», argumentó De Marchi en la audiencia inicial, donde la jueza finalmente le dio la razón.
Análisis y proyecciones: el caso excede la coyuntura penal y se inscribe en una tensión de largo aliento en Argentina entre políticas de seguridad de fuerte intervención estatal y el control judicial de los actos de investigación. En la práctica, cuando los gobiernos endurecen su respuesta frente al delito, suele crecer la discusión sobre los límites de la flagrancia, la urgencia y la división de poderes. Si la Cámara confirma la nulidad, el fallo puede fortalecer la idea de que aun en contextos de alta presión por la inseguridad el Ejecutivo no puede sustituir el control judicial. Si revierte la decisión, el gobierno de Pullaro quedará respaldado para consolidar un esquema de intervención más veloz, aunque también aumentará el margen de controversia institucional y el riesgo de nuevos planteos de inconstitucionalidad o nulidad.
Evolución reciente del conflicto: en los últimos años, la seguridad en Santa Fe pasó de ser un problema policial y penitenciario a transformarse en un eje central de la disputa política e institucional. Con la escalada de violencia en Rosario, el gobierno provincial empujó reformas y mecanismos más ágiles de actuación, mientras parte del Poder Judicial reforzó su rol de contralor. Esa evolución endureció posiciones: el oficialismo se muestra cada vez más convencido de que necesita herramientas excepcionales para enfrentar al crimen organizado y la violencia urbana, mientras jueces y defensores insisten en que la rapidez no puede borrar garantías básicas ni vaciar de contenido el control judicial. La audiencia del lunes será, en ese sentido, una prueba importante para medir hasta dónde llega ese nuevo equilibrio entre eficacia y legalidad.
El caso se resolverá en una audiencia este lunes.





















