El Supremo español frena la consulta al TJUE sobre la regularización de migrantes

El alto tribunal español descartó, por ahora, elevar la cuestión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la regularización extraordinaria impulsada por el Gobierno. También mantuvo en pie la medida al no hacer lugar a su suspensión cautelar.

“Toda gran política migratoria europea termina siendo, tarde o temprano, una discusión sobre competencias, derechos y límites del derecho comunitario”. Con ese telón de fondo, el Tribunal Supremo de España volvió a mover el tablero al rechazar, por el momento, elevar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la regularización extraordinaria de migrantes impulsada por el Gobierno.

La Sala Tercera también descartó paralizar la medida por las mismas razones que ya había invocado cuando otras partes pidieron su suspensión cautelar. Según informó el propio tribunal, “una vez acordada la no suspensión”, “no resulta pertinente el planteamiento de dicha cuestión en este momento procesal”, en línea con lo solicitado por la Abogacía del Estado.

La discusión judicial se arrastra desde junio, cuando el alto tribunal abrió la puerta a consultar al TJUE ante la duda de si la norma podía chocar con la legislación comunitaria. En ese momento, la Sala de lo Contencioso-Administrativo dio cinco días a las partes para pronunciarse sobre la posibilidad de elevar la cuestión, a partir de recursos presentados por la Comunidad Valenciana y Aragón.

Los magistrados explicaron entonces que el real decreto incluye dos disposiciones adicionales que contienen el proceso de regularización para obtener permisos de residencia para extranjeros en situación irregular en España. Subrayaron, además, que no se trata de un reconocimiento individualizado del permiso, sino de un régimen general de alcance normativo para todos los ciudadanos de terceros países que se encuentren en esa situación y que reúnan determinadas condiciones, consideradas irrelevantes en esa instancia procesal.

El tribunal añadió que ese régimen genera la duda de si podría entrar en colisión con las normas que implementan el PMAUE, el Pacto de Migración y Asilo aprobado en la Unión Europea en 2024. La tensión entre marcos nacionales y europeos en materia migratoria no es nueva: desde la crisis de refugiados de 2015, los Estados miembros han oscilado entre respuestas humanitarias, controles fronterizos más duros y mecanismos excepcionales de regularización o reasentamiento, según sus propias necesidades demográficas, laborales y políticas.

En mayo, la misma Sala ya había rechazado frenar la regularización mediante una medida cautelar solicitada por Hazte Oír, Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica, Libertad y Justicia, Vox y la Comunidad de Madrid. Esa decisión anticipó la línea actual del tribunal: no suspender la aplicación de la norma mientras se analiza su encaje jurídico, evitando así una paralización inmediata de una política que afecta potencialmente a miles de personas.

Análisis y proyecciones: El movimiento del Supremo sugiere una estrategia de prudencia institucional: antes de activar una consulta al TJUE, busca agotar el examen interno de la validez y los efectos de la medida. En términos políticos, el caso puede convertirse en un precedente relevante sobre hasta dónde llega el margen de maniobra de los gobiernos para diseñar regularizaciones extraordinarias sin invadir competencias europeas. Si el conflicto avanzara hacia Luxemburgo, el debate podría reordenar la relación entre derecho nacional y normativa migratoria común; si no, la decisión reforzaría la idea de que estas medidas pueden sostenerse siempre que no se traduzcan en reconocimientos automáticos e individuales sin cobertura legal suficiente.

Evolución del tema: En los últimos años, el enfoque europeo sobre migración ha pasado de una lógica principalmente reactiva a otra más estructural, marcada por la negociación del nuevo Pacto de Migración y Asilo. En paralelo, varios gobiernos han alternado entre endurecimiento del control y fórmulas de regularización parcial o extraordinaria para atender necesidades de empleo, integración o presión administrativa. En este caso, la postura del Supremo español también evolucionó: primero abrió la posibilidad de consultar al TJUE en junio, luego mantuvo la medida sin suspensión cautelar en mayo, y ahora descarta por el momento activar esa vía europea al considerar que el proceso no está en la fase adecuada para hacerlo.